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SISTEMA INFORMATIVO INRAI - 22 de Mayo de 2026

Una fuerte polรฉmica se desatรณ en Pitalito luego de que el Tribunal Contencioso Administrativo del Huila declarara invรกlidos varios artรญculos del Estatuto Tributario aprobado mediante el Acuerdo 045 de 2025.


La decisión judicial se dio tras una demanda presentada por la Gobernación del Huila, que argumentó que el municipio habría creado cobros e impuestos por fuera de lo permitido por la ley nacional.

 

Entre los puntos anulados está la reducción de beneficios tributarios para viviendas de estratos 1, 2 y 3, afectando a familias de bajos recursos. Según el Tribunal, el municipio limitó de forma irregular alivios que debían aplicarse a más ciudadanos.

 

También fue tumbado el cobro mínimo obligatorio de 1.5 UVT en el impuesto predial, al considerar que el Concejo Municipal no tenía competencia para imponer esa tarifa fija.

 

Otro de los artículos anulados establecía una tarifa del 10 por mil para actividades financieras y de seguros, pese a que la ley nacional fija un máximo del 5 por mil.

 

El Tribunal concluyó que varias disposiciones vulneraban principios de legalidad, equidad y progresividad tributaria.

 

El fallo además evidenció que ni la Alcaldía ni el Concejo presentaron una defensa sólida frente a la demanda interpuesta por la Gobernación.

 

Ahora el municipio deberá ajustar el Estatuto Tributario conforme a la Constitución y las leyes nacionales.

 

¿Usted qué opina? ¿Hubo abuso en estos cobros tributarios.

 

 

 

 

 

 

 

 

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